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Foro Local 21 RM

Pleno del Foro Local 21RM



1. El Pleno del Foro Local 21 RM es el instrumento de rango superior. Su composición y funciones se delimitan en estas normas de funcionamiento.

2. Las sesiones del Pleno del Foro podrán ser ordinarias, de periodicidad preestablecida, y extraordinarias.

3. El Pleno del Foro Local 21 RM se reunirá, al menos una vez al año, en sesión ordinaria, y en sesión extraordinaria, siempre que el Presidente lo considere necesario o a solicitud de al menos, un tercio del número legal de miembros del Pleno.

La convocatoria para las sesiones ordinarias se hará por el Presidente con una antelación de quince días hábiles, irá acompañada del orden del día y, en su caso de la documentación pertinente.

Para la sesión extraordinaria, la antelación mínima de la convocatoria será de seis días hábiles.

El Pleno del Foro Local 21 RM quedará válidamente constituido con la asistencia mínima de un tercio de sus miembros.

Las sesiones del Pleno tienen un acceso privado, limitado al número de sus miembros componentes.

Funciones del Pleno

1. Son funciones del Pleno del Foro Local 21 RM:

• Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas diversas para la consecución de los objetivos que le son propios.

• Asesorar y formular recomendaciones sobre posibles políticas, actividades o actuaciones en aras a conseguir un desarrollo más sostenible en los municipios de la Región de Murcia.

• Seguir, coordinar y evaluar el proceso de implementación y desarrollo de las Agendas 21 Locales.

• Aportar propuestas y formular recomendaciones al proceso de implantación de la Agenda 21 Local.